NOVEDADES ADER (LA RIOJA) 2024: 08 de abril de 2024

APERTURA DE PLAZO PARA PRESOLICITAR AYUDAS PARA LA ADQUISICIÓN DE ACTIVOS FIJOS.
¿Cuándo?
  • Desde el 21 de marzo de 2024 y hasta la fecha de publicación de la convocatoria.

¿Por qué debemos hacer una PRESOLICITUD de ayuda?

  • Las ayudas para la adquisición de activos fijos no tienen carácter retroactivo, es decir que no admiten costes anteriores a la solicitud de la ayuda, dado su efecto incentivador.
  • Las solicitudes de ayuda no se pueden solicitar aún, puesto que la convocatoria NO ha sido publicada por el momento, pero si quieres realizar inversiones en activos fijos de forma inminente y no puedes esperar a la apertura de la línea, debes PRESOLICITAR la ayuda ahora (antes de comprometer el gasto) para que se considere la fecha de la presolicitud como inicio de costes del expediente.

¿Para qué inversiones?

De forma habitual son las que a continuación se enumeran, no obstante, podrían cambian en las nuevas bases reguladoras o establecer condicionantes para su elegibilidad.

  • Adquisición por compraventa de terrenos calificados como suelo industrial.
  • Adquisición de naves o locales.
  • La construcción de nuevos bienes inmuebles.
  • Instalaciones técnicas.
  • Adquisición de equipos informáticos y telemáticos nuevos.
  • Mobiliario nuevo**.
  • Elementos de transporte externo**.

¿Quiénes?

Empresas riojanas que vayan a realizar inversiones en el territorio de la Comunidad Autónoma de la Rioja cuyo CNAE esté recogido dentro de los indicados en la correspondiente convocatoria de ayudas.


En función del tamaño de empresa deberán solicitar una línea de ayuda u otra:

  • Pymes: Línea de ayudas INP.
  • Grandes empresas: Línea de ayudas IGI.

Si tienes dudas o quieres consultar la viabilidad de tu proyecto, no dudes en contactar con nosotros.

941273376

 

Como todos los años, os recordamos la obligatoriedad que tienen los beneficiarios de ayudas en muchos de sus proyectos de llevar una codificación contable adecuada que permita identificar claramente todos los ingresos y costes de un proyecto así como su trazabilidad. Generalmente las opciones más habituales son las que a continuación se enumeran, debiendo ser cualquiera de ellas permanente:

 

  • Opción 1: Contabilidad analítica o por proyecto
  • Opción 2: Contabilidad a nivel subcuenta

 

Os recomendamos encarecidamente que, antes de cerrar vuestros ejercicios contables, hagáis la correspondiente reclasificación contable en aras a dar cumplimiento a esta obligación, puesto que su incumplimiento, puede suponer la pérdida de la ayuda.

 

Aprovecho este mail para recordaros otras obligaciones como beneficiarios de ayudas públicas:

 

PAGO DE FACTURAS:

 

Conforme a la última modificación de la la Ley General de Subvenciones (Ley 38/2003, de 17 de noviembre) para que esta factura pueda ser subvencionada dentro de un expediente de ayuda debe estar pagada dentro de los plazos de pago previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales. Por ello os recomendamos que paguéis las facturas de los proyectos en un plazo inferior a 30 días a contar desde su fecha de emisión. Esta obligación afecta también a la elegibilidad del beneficiario en algunas líneas de ayuda, por lo que aconsejamos que cumpláis estos plazos no solo para las facturas que se incluyan en el expediente, si no de forma general.

 

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No siempre es obligatorio hacer difusión de que el proyecto ha sido financiado con fondos públicos, pero en caso de que la normativa lo indique, su incumplimiento puede suponer la pérdida de la ayuda. Os instamos a revisar las bases reguladoras de la ayuda así como la resolución de concesión de vuestros proyectos.

 

COMUNICACIÓN DE MODIFICACIONES DE INTERÉS SOBRE LO PREVISTO:

 

Es obligatorio comunicar al organismo concedente aquellas modificaciones que afecten tanto a aspectos técnicos y de desarrollo temporal de las tareas como a posibles cambios en los recursos asociados al proyecto (cambios de proveedores, de técnicos asignados al proyecto, bajas u otras incidencias) tan pronto se tenga conocimiento de las mismas. Por ello, agradeceríamos que nos comunicarais cualquier desviación respecto a lo inicialmente previsto, para que podamos valorar la forma en la que se comunica a la administración.

 

Si tenéis cualquier cuestión, no dudéis en contactar con nosotros.

 

Estamos en contacto.

 

Saludos.

Buenos días,

El día 2 de diciembre de 2022 ADER cierra sus líneas de ayudas (inversión, I+D, Innovación, Medio ambiente, etc) hasta la publicación de la siguiente convocatoria de ayudas (2023). Dado que casi todos los programas están sujetos al denominado “efecto incentivador”, si tenéis idea de iniciar un proyecto en los próximos meses, debéis solicitar la ayuda antes de esta fecha.

No obstante desde Ingeniería e Innovación, estamos detectando que muchas empresas están dejando escapar oportunidades de financiación para sus proyectos de innovación, inversión o incluso la contratación de técnicos y profesionales de gestión, bien por la imposibilidad de abordar la gran cantidad de líneas de ayuda que están surgiendo tras la incorporación de Fondos Europeos, o bien por desconocimiento de que las actividades que realizan sean susceptibles de ser financiadas.

Para evitar esta situación, ponemos a vuestra disposición hasta el 23 de noviembre el servicio gratuito de asesoramiento en el que, a través de reuniones online, haremos una valoración inicial de vuestros proyectos y su potencial para obtener financiación pública. Así mismo, os orientaremos sobre los programas más adecuados para que obtengáis el máximo retorno posible para vuestros proyectos.

Si estás interesado en acceder a este servicio de consultoría general, solicita una reunión para hablar sobre tus proyectos aquí.

 

Si te gustaría ampliar la información sobre algún programa en concreto, y necesitas ayuda por nuestra parte, indícanoslo y nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad posible.

 

Llámanos 680 522 401662 513 428

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